Micelio
Auto19 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Alfonso Martinez Nelly·Demandado Instituto De Deportes De Boyaca Indeportes

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre jurisdicción suscitado entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Tunja y el Juzgado Quinto Administrativo Oral de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que presentó una ciudadana en contra del Instituto Departamental de Deportes de Boyacá, buscando la declaratoria de existencia de una verdadera relación laboral entre las partes, y el consecuente pago de todas las acreencias laborales dejadas de percibir en virtud de dicha vinculación.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se aplicó la regla de decisión del Auto 492 de 2021, reiterada en el Auto 901 de esa misma anualidad, en virtud de la cual se estableció que, de conformidad con el artículo 104 del CPACA la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Quinto Administrativo Oral de Tunja para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado, a los sujetos procesales e interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado
  2. Primero. Laboral del Circuito de Tunja (Boyacá) y el Juzgado
  3. Quinto. Administrativo Oral de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Quinto. Administrativo Oral de Tunja es la autoridad competente para conocer de la demanda promovida por Nelly Alfonso Martínez contra el Instituto Departamental de Deportes de Boyacá (Indeportes).
  5. SEGUNDO. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta corporación, el expediente CJU-2888 al Juzgado
  6. Quinto. Administrativo Oral de Tunja, para que proceda con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  7. Primero. Laboral del Circuito de la misma ciudad, a los sujetos procesales e interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.